POR
SERENA FERNÁNDEZ ALONSO Instituto de Historia. CSIC
Se analizan, en estas páginas, los principales problemas técnicos, financieros, laborales y productivos que, en las primeras décadas del siglo XVIII, afectaron a la explotación de la mina de azogues de Huancavelica, así como las valiosas iniciativas desarrolladas por el Gobernador y Superintendente de la Mina, Marqués de Casa Concha, en aplicación de las disposiciones reales para reforma de los mismos.
PALABRAS CLAVES: Marqués de Casa Concha, Huancavelica, siglo XVIII, minas, azogue.
INTRODUCCIÓN
Durante todo el período colonial, la explotación de las minas de mercurio de Huancavelica constituyó una de las preocupaciones prioritarias de la Corona española y del gobierno virreinal peruano, puesto que de su extracción dependía la supervivencia de la producción de plata y su grado de vitalidad. Como el principal insumo para la amalgamación del metal argentífero, del que la Corona percibía importantes ingresos por exacciones fiscales, no debe extrañar que la administra
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* Este trabajo constituye una parte de un Proyecto de Investigación más amplio, adscrito al Programa General del Conocimiento del CSIC (PB 96-0908), titulado «Clientelismo y Estructura de Poder Virreinal en el Perú de la primera mitad del siglo XVIII». La autora es becaria postdoctoral de la Fundación Caja de Madrid, adscrita al Departamento de Historia de América del CSIC Las conclusiones de este trabajo fueron presentadas al IV Congreso Internacional de Historia de la Minería, organizado por el INAH y celebrado en Guanajuato (México) en Noviembre de 1999.
ción del yacimiento minero se confiase a funcionarios de probada experiencia y de la plena confianza del Virrey, a quien correspondía personalmente su nombramiento. Tampoco las complejas responsabilidades del cargo ni la nutrida serie de innovaciones, reformas técnicas, proyectos y medidas de fomento que se implementaron durante el largo período en que la mina se mantuvo en funcionamiento. La azarosa historia de Huancavelica, magistralmente estudiada para los siglos XVI y XVII por Lohmann Villena1, ha sido objeto de menor atención por la historiografía posterior, al menos en lo que a las primeras décadas del siglo XVIII se refiere2. Aunque un vacío de tal magnitud no puede ser cubierto en las restringidas páginas de este trabajo y requiere, obviamente, de una más profunda inmersión en las fuentes documentales de la época, se presenta aquí un análisis sobre la problemática de la mina de Huancavelica en ese breve período, fundamentalmente a través de las iniciativas del Gobernador y Superintendente José de Santiago Concha, uno de los más notables administradores del yacimiento. La complejidad del tema exige una acotación previa de los asuntos a tratar, con especial interés: situación general de la mina a comienzos del siglo XVIII, problemas en la dotación de mano de obra, monto de producción y precio del azogue, reformas propuestas por el gobierno central y acción de gobierno del Marqués de Casa Concha y sus resultados.
ESTADO DE LA MINA DE HUANCAVELICA A COMIENZOS DEL SIGLO XVIII. LA LLEGADA DEL NUEVO GOBERNADOR, JOSÉ DE SANTIAGO CONCHA EN 1723
La extracción de mercurio de Huancavelica estuvo sujeta, durante los casi dos siglos y medio de su historia, a una serie de dificultades, inherentes de hecho a la minería colonial en su conjunto y que, en los albores del siglo XVIII, habían llegado a ser endémicas: la falta de capitales, la escasez de mano de obra y las irregularidades en las técnicas de explotación. Esta corría a cargo del gremio de mineros, que desde bien antiguo contrataba con la Corona (a quien correspondía la propie
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1 Guillermo LOHMANN VILLENA, Las minas de Huancavelica en los siglos XVI y XVII, Sevilla, Escuela de Estudios Hispanoamericanos CSIC, 1949. 2 No obstante esta observación, son destacables trabajos como el de Kendall W. BROWN: «La crisis financiera peruana al comienzo del siglo XVIII, la minería de plata y la mina de azogues de Huancavelica», Revista de Indias, vol. XLVIII, n.º 182-183, Madrid, CSIC, 1988, pp. 349-381. Otros autores interesados en el tema del azogue, como Florentino Mesa, el propio John Fisher, Mervyn Lang o Carlos Contreras, por mencionar sólo algunos, detienen su estudio en 1700 o lo abordan en la segunda mitad del siglo XVIII. De más reciente aparición es el trabajo de Adrian J. PEARCE, «Huancavelica 1700-1759: Administrative Reform of the Mercury Industry in Early Bourbon Peru», Hispanic American Historical Review, 79:4, Duke University Press, 1999, pp. 669-702, autor que coincide con nuestra apreciación sobre la escasa producción bibliográfica en torno a estas décadas iniciales del siglo XVIII.
dad de la mina) las condiciones de dicha explotación a través de «asientos»3, en cuyos artículos se estipulaban, entre otros, aspectos de la máxima trascendencia, como la cuantía de las ayudas que aportaría la Real Hacienda para reparación de la mina, el número de mitayos que proveerían las provincias circundantes al yacimiento y corresponderían a cada minero, el precio del quintal de azogue, el sistema de venta en las Reales Cajas, las exacciones impositivas, las penas para los infractores y una larga serie de cláusulas que reglamentaban la acción de los mineros en el marco del rígido monopolio estatal del azogue. Al alborear el siglo XVIII, permanecía en vigor el último de dichos convenios firmados con el Estado, el cual había sido renovado con los mineros por el Virrey Duque de la Palata en 16834. Dicho asiento constituiría el referente continuo tanto para el gremio de azogueros, como para el Gobernador de Huancavelica, lo que no excluía, como la realidad se cansó de demostrar, la proliferación de fraudes y abusos de toda índole por parte de los primeros y de corrupción entre las autoridades del yacimiento, de la que fueron cómplices los propios Gobernadores en no pocos casos. El segundo de los problemas de la Villa provenía de la irregularidad en los métodos de explotación. Si en las primeras épocas pudo deberse a falta de expertos, en la que nos ocupa primó más la desidia de los técnicos y la codicia de los mineros, auspiciada a veces por la propia Corona en su acuciante necesidad de azogue para incrementar la producción de plata5. En efecto, se llegó a permitir, coyunturalmente, una práctica irresponsable, ilegal y bastante frecuente, por la que los llamados «buscones» sacaban mineral de los estribos, puentes y pilares de las minas, lo que deterioraba gravemente la seguridad de su estructura interna y provocó derrumbamientos que obligaron a veces a abandonarlas y causaron estragos entre los trabajadores, perdiéndose incluso, en 1649, la veta principal, que no volvería a encontrarse hasta un siglo más tarde. Afirma Bargalló que «nunca se distinguió la minería colonial por un trabajo subterráneo adecuado», y que las minas de Huancavelica «fueron un ejemplo permanente de mal laboreo y pésima administración»6. Estos sistemas, así como la arbitrariedad en la perforación de galerías y socavones en la búsqueda de vetas más ricas y con mineral de mayor ley, habían hecho del Cerro de Huancavelica una gran esponja, un laberinto de túneles irregulares, serpenteantes, que taladraban su estructura interna, cuarteaban su solidez y hacían que los trabajos se desarrollaran en permanente riesgo, bajo la amenaza constante de un hundimiento más
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3 LOHMANN VILLENA [1]. El autor hace mención de todos los Asientos celebrados por el gremio con la Corona desde los inicios de la explotación en el último tercio del siglo XVI hasta 1700. 4 Puede consultarse el ejemplar del Asiento en ARCHIVO GENERALDE INDIAS (en adelante, AGI), Lima, 469. 5 Jorge BASADRE, El Conde de Lemos y su tiempo, 2.ª ed., 1945. Anexos del capítulo VII, pp. 339-340. 6 Modesto BARGALLÓ, La minería y la metalurgia en la América española durante la época colonial, México, FCE, 1955, pp. 237.
o menos generalizado. De ahí los temores de los responsables de la mina al uso de barrenos en determinadas zonas y las medidas que se les exigieron para asegurar las labores en su interior. Desde los primeros momentos de la explotación «se sucedieron los informes sobre el estado de las labores y seguridad de las minas, con objeto de mejorarlas7, informes que, como en el caso que nos ocupa, constituyen una fuente de primer orden para el conocimiento de los problemas mineros en un área y momento concretos. No obstante estos riesgos, nuevas galerías y socavones se abrieron desde mediados del siglo XVII a mediados del siglo XVIII. La disminución en la ley del mineral, derivada en parte de la pérdida de la veta principal, obligaba a utilizar más cantidad de azogue en el proceso de fundición y en el de beneficio de la plata, por lo que la búsqueda de nuevas vetas fue una constante que no vino precisamente a mejorar la débil estructura interna del yacimiento ni las condiciones de trabajo en sus profundidades. Eran éstas muy duras, no sólo por el ritmo de trabajo a que se sometía, día y noche, a los obreros con vistas a incrementar la rentabilidad, sino por las propias características del Cerro de Huancavelica, que Antonio de Ulloa describiría en los siguientes términos:
«Sólo tiene quatro entradas por lo más alto, que es la cumbre del cerro, y tres socavones que sirven para darle viento y desagüe [...] Esta mina no tiene extensión a lo largo, y consiste en un gran pozo, bien que cerrado por la parte superior, sin más abertura que las puertas de entrada... cuyo circuito es de 180 varas de extensión, o diámetro de 60 y su profundidad de 513 [...] está reducida hoy a un esqueleto de palizadas [...] los estrivos se disminuyen sensiblemente todos los días por sacarse de ellos principalmente el azogue para el abasto regular»8.
Es importante recalcar que la producción de Huancavelica estaba directamente vinculada, como proveedora de mercurio, con la producción argentífera de Potosí y, en general, con la del resto de áreas mineras virreinales, y que, con no menos importancia, el azogue peruano constituía la reserva (existente o no) a la que se recurría en los momentos de urgencia que afectaban a otros ámbitos coloniales, principalmente la Nueva España, pero también Guatemala. Así pues, la producción huancavelicana debía estar siempre pronta a cubrir las propias necesidades del Perú, más las de esas otras zonas, dado que el transporte de mineral desde Almadén resultaba muy caro y estaba siempre sujeto a contingencias derivadas de los conflictos de la política exterior de la metrópoli. Además, la producción de Almadén no era suficiente para satisfacer la demanda de la Nueva España y el Perú. Por estas razones, era esencial para la Corona conservar y fomentar la mina
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7 BARGALLÓ [6], p. 254. 8 BARGALLÓ [6], nota 185: Antonio DE ULLOA, Noticias Americanas (1772), entretenimiento
XV.
de Huancavelica, aunque tendremos ocasión de apreciar en estas páginas cómo el coste para la Real Hacienda motivó proyectos contrarios a su mantenimiento. En efecto, en el aspecto relativo a la capitalización de las actividades extractivas, Huancavelica parecía ser un socavón sin fondo para la Hacienda virreinal. La Real Caja de Lima debía afrontar la dotación de fondos a la de la Villa minera no sólo para la compra del azogue que entregaban los mineros tras su fundición (sumas que en general debían adelantárseles para garantizar la continuación del laboreo), sino para la adecuada habilitación técnica de la mina, gastos denominados «ratas y desmontes», que generaban desde siempre cuantiosas deudas del gremio de azogueros con la Corona. La grave situación financiera de la Monarquía a comienzos del siglo XVIII9, por la sangría económica derivada de la larga Guerra de Sucesión, llevó al rey Felipe V a recabar información sobre las rentas virreinales. El virrey interino Diego Ladrón de Guevara no tardó en describir al monarca, en carta fechada en 1711, «el estado decadente de la hacienda, sus obligaciones opresivas y la falta de rentas [...] las cajas estaban oprimidas y ahogadas con cargas y pensiones: no podían respirar»10. Pero lo que nos interesa resaltar, por los trascendentales efectos que habrían de tener para el futuro, son las observaciones del Virrey sobre Huancavelica, a la que sitúa como casi única responsable de la crisis interna peruana: insistía en que siendo los quintos sobre la plata y el azogue las principales rentas de la Corona, la disminución en la producción minera y la plata perdida en los cauces del contrabando, habían causado un daño innegable en los ingresos virreinales. Aello había que sumar los elevados costes del sostenimiento de las minas de mercurio de Huancavelica, que calificaba como «la peor mortificación de los virreyes», porque consumían ingentes subsidios que nunca contentaban a los mineros. Al gremio de azogueros atribuía el falseamiento de los costos de las operaciones para engrosar dichos subsidios, y lo acusaba de pasar de contrabando dos tercios del mercurio que producían11. Esta era, sumariamente, la situación general de la minería huancavelicana cuando en el otoño de 1723, concretamente el 26 de abril, José de Santiago-Concha y Salvatierra, Marqués de Casa Concha, tomaba posesión de su cargo como Gobernador y Superintendente de Huancavelica. Como se mencionó anteriormente, las complejas responsabilidades del cargo exigían designar para el mismo a hombres de sólida formación jurídica, normalmente Oidores de la Audiencia, y de la confianza del Virrey. Cumplía Casa Concha los dos requisitos. Este limeño, nacido en 1667, formado en Leyes por la Universidad Mayor de San Marcos y Caballero de Calatrava desde 1685, inició su carrera funcionarial en 1693 como
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9 Sobre este tema, volvemos a remitirnos al magnífico trabajo de Kendall BROWN citado anteriormente [2]. 10 BROWN [2], p. 351. 11 AGI, Lima, 409. Carta del Obispo Virrey al Rey. Lima, 19 de Octubre de 1711. AGI, Lima, 396. Representación del Obispo de Quito, Virrey interino del Perú, a Felipe V. Año de 1713.
Alcalde del Crimen supernumerario de la Audiencia de Lima, pasando a serlo de número un año más tarde. Promovido al cargo de Oidor futurario de la misma en 1709, pasó a ejercer funciones de Oidor en la de Chile, en cuya calidad desempeñó el cargo de Gobernador interino de aquella Capitanía General12 por nombramiento del virrey Príncipe de Santo Buono, entre Mayo y Diciembre de 1717. Luego volvió a Lima. Por Real Orden de 8 de Junio de 1718 le fue otorgado el título de Marqués de Casa Concha y, siempre como Oidor, ejerció la Gobernación y Superintendencia de la Villa y Mina de Huancavelica en el período 1723-172613 por designación del virrey Fray Diego Morcillo. Sustituía así en el cargo al Marqués de Brenes, con quien compartió responsabilidades desde 1721 a 1724, en que asumió el gobierno en solitario. La Gobernación de la Villa de Huancavelica y su asiento minero implicaba la concentración de prerrogativas políticas, judiciales y económicas, que hacían de quien ostentaba el cargo uno de los más poderosos funcionarios de la administración local. Todos los asuntos relativos al yacimiento quedaban bajo su responsabilidad: la seguridad y buen hacer en el laboreo de acuerdo a la legislación vigente, la vigilancia del sistema de contribución de mitayos y la distribución de operarios entre los mineros, la persecución del contrabando, la administración del Hospital de los Naturales y la organización de las tareas de otros funcionarios de la mina, como veedores, sobrestantes, etc. La Superintendencia de la Real Caja de Huancavelica, asociada a la Gobernación, le confería un control directo sobre los Oficiales Reales de la misma, sus sueldos, la distribución de rentas, las medidas contra el fraude y la elaboración de las cuentas, entre otras. Sin lugar a dudas, expresa Contreras, «pocas veces se halla tal concentración de poder local formalizado institucionalmente»14. Tan colosal autoridad quedó fortalecida, en el caso de Santiago Concha, por el hecho de que Felipe V le había nombrado, en 1719, Juez Superintendente General de Azogues del Perú, con jurisdicción privativa, «libre de intervención del Virrey, la Audiencia u otros tribunales». Casa Concha debía administrar Huancavelica, teniendo al mismo tiempo responsabilidad y autoridad sobre el cobro del quinto minero en todo el virreinato15. La recepción en Lima de la Real Cédula de su nombramiento16 cayó como un mazazo sobre el Virrey, que la interpretó –como lo harían décadas más tarde sus sucesores en el gobierno virreinal17 –como un grave lesionamiento de sus atribu
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12 BIBLIOTECA NACIONAL DE MADRID (en adelante, BNM), Sección Manuscritos, Ms. 3107. Relación que el Dr. Dn. José de Santiago Concha [...] hizo del tiempo que Governó el Reyno de Chile Al Escmo. Sr. Dn. Gabriel Cano de Aponte [...] su subcesor. 13 Los datos biográficos se han tomado de Manuel DE MENDIBURU, Diccionario Histórico-Biográfico del Perú, Lima, 1932, Vol. IV, p. 37. LOHMANN VILLENA, Los ministros de la Audiencia de Lima en el Reinado de los Borbones (1700-1821). Esquema de un estudio sobre un núcleo dirigente. Notas para la caracterización de un grupo predominante, Sevilla, EEHA, CSIC, 1974, p. 131. Alfredo y Arturo GARCÍA CARRAFFA, Enciclopedia Heráldica y Genealógica Hispanoamericana, Madrid, Imprenta de Antonio Marzo, 1928, vol. 83, pp. 49-51.
ciones y autoridad, oponiéndose firmemente a darle cumplimiento, por lo que Casa Concha no pudo entrar en funciones. La gravedad del conflicto llevó a la revocación, por parte del monarca, de su autoridad sobre los quintos18. En suma, tras esta pugna jurisdiccional, de las que la administración colonial nunca estuvo exenta (especialmente en el siglo XVIII), Casa Concha asumió la Gobernación y Superintendencia de Huancavelica, trasladándose de inmediato a la Villa minera, al fracasar su propósito inicial de residir en Lima y emplear un Subdelegado que supervisara las tareas extractivas in situ19. Es probable que tras este intento se encubriese el deseo de este hombre de 56 años, de no apartarse de su numerosísima familia o de aliviar, para sí y los suyos, las duras condiciones de vida que ofrecía el «frío y desabrido» clima de la localidad, a unos 3.800 metros de altitud. De hecho, el absentismo de los empresarios mineros, que preferían fijar su residencia en Huamanga o en la capital virreinal, fue un hecho constante, a cuyos efectos negativos habría de atender el propio Marqués.
LA LABOR DEL GOBERNADOR JOSÉ DE SANTIAGO CONCHA EN HUANCAVELICA DURANTE EL PERÍODO 1723-1726
Los años inmediatamente anteriores a la llegada de Casa Concha a Huancavelica, mostraron ya una leve moderación de la crisis. La producción de azogue comenzaba a recuperarse tímidamente en 1713, pero su extracción se hacía venciendo graves obstáculos –como los escasos caudales remitidos desde Lima– y recurriendo a menudo a mecanismos poco ortodoxos, en los que los gobernadores, como Andrés de Angulo, tuvieron una probada responsabilidad20. Las irregularidades en la explotación no tardarían en dejar sus frutos: en Febrero de 1714, un gran derrumbe cortó la ventilación y paralizó los trabajos por temor a que la mina se arruinase completamente. En 1716, el gobierno virreinal
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14 Carlos CONTRERAS, La ciudad del mercurio. Huancavelica, 1570-1700, Lima, Instituto de Estudios Peruanos, 1982, p. 32. 15 BROWN [2], pp. 375-376. 16 AGI, Lima, 479. Real Cédula e Instrucciones. 18 de Marzo de 1720. 17 Sobre la oposición de los Virreyes al Reformismo Borbónico y sus innovaciones jurisdiccionales, así como los conflictos a que dieron lugar, véase mi trabajo: Serena FERNÁNDEZ ALONSO, Presencia de Jaén en América: La Visita General de Jorge Escobedo y Alarcón al Virreinato del Perú en el siglo XVIII (1782-1788), Jaén, Instituto de Estudios Gienenses y CSIC, 1991. Premio de Investigación «Cronista Alfredo Cazabán» 1990. 18 AGI, Lima, 377. Real Cédula de 13 de febrero de 1722. 19 BROWN [2], p. 376. 20 AGI, Lima, 469. Representación de Juan Henríquez de Asturrizaga, cura de Santa Bárbara, contra Andrés de Angulo, Gobernador de Huancavelica. 23 de diciembre de 1718. AGI, Lima, 537. Representación de Asturrizaga al Rey, 28 de mayo de 1719.
hubo de autorizar el cierre de las fundiciones en la villa21. Sólo con la llegada del Gobernador Luis Ambrosio de Alarcón, comenzaron los reparos de la mina y se resucitaron las labores. Estas vicisitudes y las llorosas denuncias del Virrey Morcillo sobre el estado de la mina, el contrabando y los horrores de la mita, causaron tribulación al monarca, particularmente su dictamen sobre la conveniencia de cerrar definitivamente Huancavelica y surtir al virreinato con mercurio de Almadén22. Conviene recordar que las sugerencias en este sentido no eran nuevas, y siempre tuvieron como base el deseo de salvaguardar y privilegiar la producción de la mina peninsular, o la intención de paliar o erradicar los males inherentes a la dotación forzosa de mano de obra, o bien ambas cosas. Mencionaremos al respecto, de entre otros muchos pareceres, el del Padre Agía, franciscano que visitó la mina en 1603 y quedó conmocionado por «la gran profundidad, la malicia y bascosidad de los metales, el humo espesísimo de las velas de sebo, la angostura, la corrupción del aire, el polvillo, la falta de respiración, la inmensa subida con la carga por prolijas y empinadas escalas, llegando los indios sudando al frío de afuera, poca comida, peligro, poca seguridad de puentes y estribos y muchos millares de indios muertos y sepultados, más los que estaban por morir»23. Su conclusión fue que tenía el Rey la obligación de cerrar la mina e impedir que nadie trabajase en ella, sobre todo teniendo en cuenta que había suficiente cantidad de azogue en otras minas y que, según creía el religioso, los indios que entraban en Huancavelica «salían irremisiblemente condenados a muerte», por lo que en pocos años aquel socavón acabaría con todos los indios de América24. El segundo de los «pareceres» abre una línea de acción desde la Corona y el gobierno virreinal que será la antesala de las iniciativas de nuestro personaje en la villa minera. Se trata de la opinión del Virrey Santo Buono sobre cegar las minas de Huancavelica para proteger la producción de Almadén y erradicar la mita de Potosí, en lo que el gobierno central parecía estar de acuerdo. Sin embargo, los dictámenes del Consejo de Indias sobre la imposibilidad de renunciar a la producción huancavelicana, determinaron a Felipe V a adoptar una solución intermedia: conservar la mina, pero abolir la mita, sustituyendo el gremio minero esta mano de obra por trabajadores voluntarios. Para dar cumplimiento a esta decisión, convenía que el propio Virrey residiese unos meses en la Villa , aunque simultáneamente se indicaba a Casa Concha que «si hallase dificultad insuperable en mantener dicha Mina sin Mita, informase lo que se le ofreciere»25. Implí
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21 BROWN [2], p. 374. 22 BROWN [2], nota 12. 23 Ramón EZQUERRAABADÍA, «Problemas de la mita de Potosí en el siglo XVIII», La Minería Hispana e Iberoamericana, vol. I, León, 1970, pp. 483-511 y 503. 24 Paulino CASTAÑEDA DELGADO, «Un capítulo de ética indiana española: los trabajos forzados en las minas», Anuario de Estudios Americanos, vol. XXVII Sevilla, EEHA, 1970, pp. 74-75. 25 AGI, Lima, 376. Real Cédula a Santo Buono. 5 de abril de 1720.
citamente, la real disposición parecía dejar un resquicio al incumplimiento y desde luego, el Virrey no se mostró muy complacido con el posible «cambio de residencia» y no parece que hiciese el más mínimo intento por llevarlo a efecto. El recién llegado Gobernador encontraba ante sí varios retos en el desempeño de sus obligaciones: estimular la producción, pero reduciendo el precio por quintal de azogue pagado a los mineros; suprimir el contrabando y abolir la mita, pero cuidando que el gremio contase con suficientes operarios26, pues sin ellos, el aumento de las extracciones de mercurio sería irrealizable. «El rey previno al virrey, la audiencia y otros tribunales de que si alguien impedía que el superintendente cumpliera con estas órdenes, incurriría en el real desagrado»27. Así pues, el Marqués de Casa Concha contaba con el respaldo pleno de la monarquía en las iniciativas que adoptara. Veamos, pues, cómo afrontó la realidad y sus dificultades.
El problema de la mano de obra
El asiento convenido con los mineros en 1683, establecía que se darían al Mineraje 620 indios de mita cada año, los cuales serían aplicados a limpias y reparos de mina, desmontes, labores extractivas y barrenos. Casa Concha señaló desde un primer momento la necesidad de un control riguroso sobre estos trabajos en aras de la seguridad de la mina y del incremento de la producción: «debiendo estar siempre prevenidos –expresaba– como con las armas en la mano en guerra viva»28. Aunque los mineros insistían en la baja ley de los metales, el Gobernador estaba convencido de que con ochenta piqueros de día y otros tantos de noche aplicados a las tareas por los respectivos mineros, sería factible extraer los 4.000 quintales de azogue que él creía necesarios para abastecer cumplidamente al Reino. En esa línea, publicó el Auto de 13 de abril de 172529, que sin embargo no sería suficiente para resolver el problema, tanto por la desidia de algunos miembros del gremio como porque el gobierno nunca llegó a cumplir plenamente con el «entero» de mita. La primera dificultad del Gobernador para dar cumplimiento al real despacho sobre abolición de la mita fue la escasez de operarios, fueran voluntarios o forzados, dados los graves efectos de una peste general «que corrió» entre 1719 y 1721
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26 AGI, Lima, 377. Real Cédula de 13 de febrero de 1722. 27 BNM Ms. 3107. Relación del Estado que ha tenido y tiene la Rl. Mina de Guancabelica Ylos intereses de la Real Hacienda en las dependencias de Azogue Que haze el Marqués de Casa Concha al Sr. Dr. D. Alvaro Cabero y Céspedes, Oydor de la R. Audiencia de Lima, su sucessor en los cargos de Governador de Guancavelica y Superintendente de la Real Mina y Caxa. Guancavelica, 26 de junio de 1726. 28 Ibídem, fol. 12. 29 Ibídem, fol. 13.
«y consumió muchísimos Yndios en todo el Reyno, y en esta Villa»31, golpe demográfico que vino a sumarse al ya mencionado insuficiente número de mitayos, así como al frecuente mecanismo contra el sistema por el que éstos eludían sus obligaciones de acudir a Huancavelica, bien huyendo a comarcas exoneradas de esta contribución32, bien redimiéndose de su obligación mediante el pago de una cantidad en plata al propietario minero que solía cifrarse en el doble del salario anual de un trabajador libre33. Según Casa Concha, los que así actuaban, «quedaban esclavos toda su vida», pues careciendo el indio de los sesenta u ochenta pesos que debía dar, los entregaba por él el Corregidor, obragero, labrador, estanciero u otro hacendado que precisara de su trabajo, no pudiendo el indígena redimir las crecientes deudas contraídas con sus «nuevos dueños», por vestirle y mantenerle a precios excesivos. Por el contrario, el mitayo que «viene a servir la mita personalmente, con servir los días de trabajo de sus 2 meses, queda libre por el espacio de seis partes más de tiempo, que descansa y no le puede empeñar el Minero para detenerle»34.
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30 Ibídem, fol. 16. 31 Ibídem, fol. 17. 32 LOHMANN VILLENA, «La minería en el marco del virreinato peruano. Invenciones, sistemas, técnicas y organización industrial», La Minería Hispana [23], vol. I, León, 1970, pp. 467-655 y 655. 33 Jürgen GOLTE, Repartos y rebeliones. Túpac Amaru y las contradicciones de la economía colonial, Lima, IEP, 1980, p. 73. 34 BNM, Ms. 3107. Relación del Estado de la Mina de Guancavelica..., Cap. IV, N.° 86, fol. 18.
Procedencia y número de mitayos destinados a la mina de Huancavelica en 172630
Chumbivilcas: 100 Cotabambas: 43 Oropesas de Aymaraes: 5 Huanta: 80 Lucanas: 30 Vilcas: 18 Jauja: 34 1/2 Parinacochas: 5 1/2 Andahuaylas: 14 Tarma: 14 Yauyos: 4 Aymaraes: 16 1/2 Angaraes: 48 Parroquias Villa y Cerro: 35
TOTAL 447 1/2
Por otra parte, los trabajadores voluntarios no eran fáciles de encontrar, y los mineros rechazaban contratarlos porque sus jornales eran más elevados que los que debían pagar a los mitayos, particularmente cuando aquéllos inflaron sus exigencias aprovechando la difícil coyuntura creada por la peste35. Estas circunstancias llevaron al Gobernador a consentir incluso las mencionadas irregularidades asociadas a la dotación de mitayos, con tal de garantizar la continuación de labores mientras sopesaba la posibilidad de aplicar la abolición. Su dictamen, a la luz de la realidad del yacimiento, fue finalmente opuesto a la resolución regia: «debo decir a S. M. con la reflexión, y verdad, que pide la gravedad de la materia y sin interés alguno u otro afecto, que no sea el de el servicio de Dios y de V. M., que siempre se hallará dificultad insuperable en mantener esta Mina sin mita, y con Yndios voluntarios. [...] después de año y 4 meses que ê gastado en tentar diversos remedios a este mal, no ê hallado otro, que este, y assi es cierto, que ô ande venir los Yndios mitayos en Personas a esta Mina o faltarán azogues en el Reyno»36. Apartir de entonces (Agosto de 1724), se recibieron los mitayos en persona y no en plata, gracias en gran medida a las disposiciones del Virrey, Marqués de Castelfuerte, refrendando lo ordenado por Casa Concha en este punto. Quedó, por tanto, incumplida la Real Cédula de Felipe V sobre abolición de la mita. Es más, en 1727, se promulgó un decreto en el que se establecía que los mineros de Huancavelica no pudieran alegar descuentos por falta de indios de mita37. No obstante, es digno de mención el esfuerzo del Gobernador por ser fiel a las disposiciones regias sobre la mano de obra en el yacimiento, entre ellas, la que reiteraba el deseo de que se cumplieran fielmente las leyes sobre el buen trato a los indios de mita38. Debe señalarse cómo lo expresado en la de 1720, se complementaba con la decisión de reclutar como operarios «libres» (no mitayos) para las minas, a individuos que carecían de esa condición, por tratarse de delincuentes condenados a penas de trabajo. El recurso a penados como mano de obra para la minería en sustitución de la mita y alivio de los indios, tampoco fue una invención del primer Borbón. Ya en 1601, Felipe III emitía una Real Cédula aboliendo el servicio personal y ordenando que en dos años los sustituyesen reos, esclavos y voluntarios, aunque una junta consultiva consideró imposible poner la medida en ejecución y terminó siendo anulada. En el mismo sentido se expresó el anteriormente aludido Padre Agía en sus valoraciones sobre la mita. Otro testimonio, en este caso contrario a la medida, fue el de Ignacio A. Del Castillo, Oidor de la Real Audiencia de La Plata, quien en 1728, «se oponía al uso de delincuentes por escaso su número, lo carísimo de tra
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35 BROWN [2], p. 378. 36 BNM, Ms. 3107. Relación..., Cap. IV, N.º 81, fol. 7 y N.º 92, fol. 20. 37 REALACADEMIADE LAHISTORIA(RAH), Colección Mata Linares, Tomo CII, fol. 416. Lima, 19 de agosto de 1727. 38 RAH Mata Linares. T. CII, fol. 230. Real Cédula dada en Madrid a 5 de abril de 1720.
erlos de México y ser por la bondad infinita pocos reos en esos reinos merecedores de tan severo castigo»39. Ignoramos si en nuestro Gobernador se despertaron tan humanitarios sentimientos y dudas morales ante las órdenes de Felipe V. Lo cierto es que en este aspecto, las aplicó sin reservas. Consciente de que la medida podía favorecer el aumento de operarios en la Mina y aliviar la necesidad de mitayos, Casa Concha dispuso la creación de una cárcel con vistas a custodiar a los reos durante la noche y los días festivos, siguiendo así el procedimiento utilizado en las de Almadén. La construcción del edificio, «situado enfrente de la Voca principal del Socavon de esta Real Mina», para evitar riesgos de fuga en trayectos mayores para acudir al laboreo, corrió a costa del Minerage, «sin que la Real Hacienda aya concurrido con un maravedí»40, y bajo la directa supervisión de las obras por parte del orgulloso Gobernador. Este sistema de control sobre los operarios se complementó con la orden de que los Veedores y el Sobrestante de velas tuviesen sus viviendas a ambos lados de la entrada de la Mina, para evitar un «desorden muy envejecido» por el que muchos de los trabajadores se «despistaban» por el camino sin acudir a las tareas en la mina, fraude en el que los funcionarios estaban implicados. Además, para garantizar la provisión de presos en Huancavelica, José de Santiago Concha pidió al Virrey que escribiese a los Corregidores de las provincias vecinas exhortándoles a que enviasen a la real mina a los delincuentes. Dichas provincias fueron catorce, a saber: Tarma, Jauja, Huanta, Huamanga, Vilcashuamán, Andahuaylas, Abancay, Cuzco, Castrovirreina, Lucanas, Parinacochas, Aymaraes, Cotabambas y Chumbivilcas. Ofreció el Gobernador asumir el pago de alguna porción de los gastos de su traslado en función de la distancia de la provincia que enviase sus reos. Apesar de este conjunto de iniciativas, al dejar Casa Concha su cargo en la Villa minera, aún era escaso el número de ellos, aunque veía éste la experiencia como muy positiva: «pero en los pocos que ay oy, se experimenta la gran utilidad de la cárcel»41. Se resolvió emplearlos como piqueros para suplir la escasez de ellos. Se repartían a los mineros, los cuales se ocupaban de su sustento, vestido y manutención, siguiendo la política de ahorro y control de gastos desarrollada por el Gobernador.
El precio del azogue
Afirma Kendall Brown que si el monarca no hubiera «intentado unir la abolición de la mita con una reducción en el precio del mercurio, el gobierno quizá
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39 Sobre estas líneas de opinión, véase Alberto CRESPO RODA, «Problemas de la mita de Potosí en el siglo XVIII», La Minería hispana [23], vol. I, León, 1970, pp. 483-511, 485 y 499. 40 BNM Ms. 3107. Relación... Cap. IV, N.º 98 y N.º 99, fols. 96 y 97. 41 Ibídem, N.º 104 y N.º 105, fol. 98.
pudiera haber conseguido acabar con el trabajo forzado en Huancavelica. Pero los dos cambios colocaron a los mineros bajo más presión económica de la que ellos podían tolerar»42. En efecto, el mayor coste que implicaba la contratación de trabajadores libres («crecido jornal» de siete u ocho reales diarios frente a los tres o cuatro reales de los mitayos), unido a la rebaja en el precio del azogue dispuesta por Despacho de S. M. de 13 de febrero de 1722, resultó inadmisible para el gremio. Mientras el precio por quintal pactado en el Asiento se cifró en 58 pesos, se exigía ahora moderarlo a cuarenta pesos por quintal. La reacción de los mineros no se hizo esperar: «los veinte y dos Mineros, con quienes oy corre el último Asiento me hizieron dejasión de sus Yndios, Canchas y metales para que yo pusiesse nuebos Mineros y Arrendadores» –denunciaba Casa Concha– «y no pudiéndoles obligar a que continuassen la tácita recondusión, por faltárseles en el principal Capítulo de su Contrato, que es el precio del Azogue, passé a buscar otras personas entre los vezinos de esta Villa, con quienes ajustar este tratado, y ninguno hallé que quisiesse en él entrar por el precio que S.M. manda»43. El plante de los veintidós mineros asentistas, verdadera «huelga de brazos caídos» de la época, así como la negativa de todo aquel a quien Casa Concha consultó de asumir sus tareas en esas condiciones, hizo temer al Gobernador por el futuro del yacimiento:
«y en este conflicto, si todo se pierde, y faltan azogues, no seré Yo el culpado, pero Jusgo que debe suspenderse la execusión del Orden de S. M. en el todo de los azogues»44.
Varias páginas del informe remitido a las autoridades superiores sobre su gestión en el Cerro, son expresivas de los numerosos argumentos esgrimidos por José de Santiago Concha para respaldar su rechazo a la reducción del precio del mercurio, al considerar que en nada beneficiaba a la Real Hacienda, a la par que causaba serios perjuicios al Mineraje. En primer lugar, el gremio expresaba que al nuevo precio de cuarenta pesos no sería costeable la saca del metal, por estar las labores muy lejos de la entrada de la mina y ser de muy poca ley. El Gobernador iba mucho más allá. Por un lado, no habría mayores beneficios, pues la ley estipulaba que la Corona vendiese a los mineros de la plata al mismo precio por quintal a que lo hubiese comprado a los azogueros. Y sí habría pérdidas para la Real Hacienda, pues los quintos serían menores, el gremio tendría mayores dificultades para saldar la deuda contraída en concepto de reparos y mitas (deuda que en 1724 ascendía ya a millón y medio de pesos) y, sin duda, aumentarían los extravíos de mineral. Recordaba el Gobernador que por cada quintal de azogue de contrabando,
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42 BROWN [2], p. 378. 43 BNM Ms. 3107. Relación, cap. 6, N.º 128, fol. 103. 44 Ibídem, cap. 6, fols. 99 a 103.
perdía el fisco 292 pesos 4 reales, tanto por los derechos que dejaba de percibir del mercurio, como por los de la plata que no llegaba a quintarse. En razón de todo ello, elevó una súplica para que se reformase la Orden dada, y el Virrey Diego Morcillo, en respaldo de Casa Concha, suspendió su ejecución y, al no haber recibido, en un plazo prudencial, respuesta alguna del monarca, interpretó éste el «silencio administrativo» como tácita aprobación a sus iniciativas45. Así quedaron las cosas durante el tiempo de su gestión, aunque parece que el interminable debate sobre el precio del mercurio continuó durante la administración de sus sucesores en el cargo, «con la Corona ordenando al Virrey y al Gobernador la rebaja a 40 pesos y los oficiales protestando que tal cambio era imposible, hasta que finalmente, en 1733, Felipe V accedió y autorizó otra vez el precio de 58 pesos»46.
La producción de mercurio y la lucha contra el fraude
Uno de los más graves y habituales obstáculos para la extracción de azogue en Huancavelica era, precisamente, la escasez de capitales en su Real Caja para la habilitación de los azogueros y adquisición del mineral tras su fundición, deficiencia que solía llevar aparejados dos perniciosos efectos: la paralización coyuntural de las labores extractivas y la huida del mercurio hacia los canales del contrabando. Así lo entendió el Virrey, Príncipe de Esquilache, quien en la Relación a su sucesor le conminaba a ser el Proveedor General de las Cajas en tiempos de urgencia, «prestando lo necesario de lo que tuviere ahorrado de su salario, como yo he hecho algunas veces», y el Duque de la Palata, que en la suya expresaba: «no ay otro remedio para quitar los extravíos de azogue y para asegurar los quintos de la plata que el de tener siempre bien socorrido el mineral de Guancavelica»47. Resolver ambos puntos se convirtió en una obligación prioritaria para el Marqués de Casa Concha, a quien se dotó de autoridad para requerir 240.000 pesos anuales de cualquier caja peruana para la compra de hasta 6.000 quintales de azogue al gremio48. No fue necesario, sin embargo, recurrir a esta medida extraordinaria, pues tanto por la moderación de la crisis financiera virreinal para estas fechas49, como por lo solícito que se mostró el Virrey Castelfuerte en la dotación de fondos a la Real Caja de Huancavelica, Casa Concha pudo disponer siempre «con puntualidad prontísima»50 de las cantidades necesarias, incluso con antici
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45 Ibídem. 46 RAH, Mata Linares, T. CIII, f. 44. Real Cédula a la Audiencia de los Reyes, ordenando que subsista el precio del azogue a 58 pesos y prosiga la mita de Guanvavelica, no obstante lo mandado en contrario. Sevilla, 17 de abril de 1733. 47 BNM, Ms. 3107. Relación..., N.º 186, fol. 113 y N.º 189, fol. 114. 48 AGI, Lima, 377. Real Cédula de 13 de febrero de 1722. 49 BROWN, op. cit., p. 374. 50 BNM, Ms. 3107. Relación. N.º 192, fol. 115.
pación y sin las restricciones propias de otras épocas. Con gran satisfacción aludía el mencionado Virrey, hombre de carácter inflexible y muy riguroso en el ejercicio de su autoridad, a este aspecto prioritario de su «reinado»: «Todo el ser de la Mina de Guancavelica consiste en la pronta providencia de los Socorros de Plata, en lo que hé sido tan diligente que los hé remitido siempre con abundancia, y toda prontitud, y al presente después de acabada la última fundición, tiene de sobra, y en sí, de quarenta a cinquenta mil pesos y quatro mil quintales de Azogue de sobra, quedando proveydas las Caxas para todos los Minerales; y devo advertir, que en mi tiempo hé cobrado de los Mineros que devían a S. M. Un Millón y seiscientos mil pesos sobre ciento y cinquenta mil pesos con la industria de hir cobrando en cada fundición, yá los veinte, yá los treinta mil o más pesos según lo sufría a proporción la saca de Metales; en orden a lo qual es preciso velar sobre el entero de las Mitas...51 Evidencian, sin duda, estas palabras, la perfecta conexión entre las líneas de acción gubernativa del Virrey y las de su Gobernador en la Villa, lo que permite a Castelfuerte atribuirse tranquilamente logros que a aquél pertenecían como si fueran propios. Las reducidas cifras de producción de azogue que se detectan en estas primeras décadas del siglo XVIII no se debieron, durante los años de gobierno de Casa Concha, a precariedad financiera, como fue manifiesto en tiempo de sus antecesores52, sino a su personal estimación sobre la cantidad de mercurio que precisaba el abastecimiento del virreinato. En la consideración de que acumular azogues en exceso constituiría un sacrificio económico innecesario para el gobierno, pero sin olvidar la importancia de contar con un remanente para suplir épocas de esterilidad o derrumbes en el yacimiento, el Marqués calculó que la demanda anual del Perú quedaba cubierta con 3.500 quintales. Y que si en años anteriores se había gastado más, se debía a los errores en el beneficio de la plata o porque se enviaban a la Nueva España, abastecida durante su mandato desde Almadén. En esta línea de moderación productiva no exenta de previsión para el futuro, Casa Concha encontró en los Reales almacenes a su llegada 1.527 quintales 20 libras de azogue, y dejó a su salida 4.915 quintales 37 libras53. La tónica en la producción de mercurio durante los años de su mandato estuvo siempre cercana a la «cifra estándard» de los 3.500 quintales anuales, libra más, onza menos. En 1723, se produjeron 3.314 quintales 56 libras 4 onzas; en 1724, 3.453 quintales, 12 libras 8 onzas54.
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51 BNM, Ms. 3107. Relación que hizo de su Gobierno el Excmo. Sr. D. Josef de Armendáriz, primer Marqués de Castelfuerte... al Excmo. Sr. D. Antonio Josef de Mendoza, Camaño y Sotomayor, Marqués de Villagarcía. Lima, 14 de enero de 1736. 52 BROWN [2], pp. 364-375. 53 BNM, Ms. 3107. Relación... sobre Guancavelica,. cap. 3, N.º 27, fol. 86 v. 54 Ibídem, cap. 3, N.º 26, fol. 85 v.
Junto a ello, estimó, con mayor precisión, que para extraer dicha cantidad de azogue anual, eran necesarias 70.000 cargas de metal por año, a razón de 1.350 cargas semanales, dado que se obtenían 5 quintales por cada 100 cargas de mineral. Garantizar este ritmo de producción semanal exigía una adecuada dotación de mano de obra (ochenta piqueros de día y otros 80 de noche) y un riguroso control de las operaciones de fundición, pues en los hornos eran frecuentes los fraudes por parte de los mineros: «y con el cuydado de que el Alcalde Mayor visite en un día de cada semana los Asientos, y traiga memoria por escrito de los Hornos que arden en el de cada Minero [...] que estos no falten a la obligación que tienen de no apagar, ni encender Horno alguno sin avisar al Gobernador [...]»55. Tres hechos debieron confluir en esos años para garantizar la atención de la demanda virreinal con sólo 3.500 quintales anuales de producción de azogue: el hallarse el gremio liberado temporalmente de suplir mercurio a la Nueva España56, la reducción de los trabajos en Potosí y otras minas de plata por efecto de la epidemia de peste (que se tradujo en pérdida de fuerza de trabajo disponible) y el riguroso control del fraude por parte del Gobernador de Huancavelica. La lucha contra los extravíos de azogue, iniciada ya por los antecesores de Casa Concha –al parecer con poco éxito–57, dio buenos resultados durante los años de su mandato, tanto por el celo por él desplegado, como porque si la Real Caja contaba con fondos para adquirir el mercurio, resultaba siempre más rentable para los mineros venderlo a la Real Hacienda que a los particulares, que pagaban el quintal de azogue a precio inferior. Las penas impuestas como sanción al tráfico ilegal de mercurio se estipulaban en el capítulo 27 del Asiento con los mineros, y eran muy graves, por considerarse un delito de alta traición al Estado: pena de perdimiento del azogue y de la mitad de todos los bienes, aplicado todo ello, después de sacado el quinto, el 50% a la Cámara de S. M. y el 50% para el Juez y denunciador; asímismo, destierro perpetuo del Reino y perdimiento de los indios asignados al minero propietario, así como perdimiento de oficio al juez o ministro que procediese con omisión en negocio de tal importancia. Además, y en razón de la mancomunidad a que estaban sometidos todos los miembros del gremio, si se aprehendía el azogue extraviado y no se identificaba al culpable del fraude, todos los azogueros deberían hacerse cargo del pago de la condenación. Este sistema de asumir colectivamente el pago pecuniario, muestra la necesidad de evitar, por parte de las autoridades, una firme alianza entre todos
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55 Ibídem, cap. 3, N.º 28, fol. 86. 56 En 1752, durante el Virreinato del Conde de Superunda, un hundimiento en Almadén forzó a incrementar la producción en Huancavelica y exigió el envío urgente de azogue a la Nueva España. Sus sucesores no quedarían libres de esta obligación, según se desprende de sus respectivas Relaciones de Gobierno. BNM, Ms. 3133. Relación de Gobierno del Conde de Superunda. 23 de Agosto de 1751. BNM, Ms. 3108. Relación que hizo de su Gobierno el Excmo. Sr. D. José Antonio Manso de Velasco... al Excmo. Sor. D. Manuel de Amat y Junyent, su sucesor. Lima, 12 de octubre de 1767. 57 BROWN [2], p. 379, nota 80.
los mineros para encubrir los robos de mineral. Comparado con las penas de muerte impuestas en las primeras épocas de la colonización como castigo a este delito58, la responsabilidad mancomunada parecía un mecanismo de control del fraude razonable y moderado. El Gobernador de Huancavelica desplegó una serie de iniciativas para evitar los extravíos de mercurio pues, según expresaba, «este mal se hallaba tan arraygado en su antigua y nunca alterada costumbre [...]» que parecía imposible de erradicar. Entre ellas, destaca el nombramiento de Jueces en las provincias por donde debía pasar el azogue, los cuales, dotados de comisiones secretas de inspección, sólo debían identificarse como tales inspectores cuando hubiesen aprehendido las cargas sospechosas, para evitar así que «huyessen de ellos como no conocidos». Junto a ello, publicó innumerables bandos dirigidos a Corregidores, Oficiales Reales y Alcaldes Provinciales de las provincias que atravesaban habitualmente los contrabandistas «a los Minerales de arriba, desde aquí a Potosí, y a los de abajo, sugetos a las Caxas de Pasco y Matucana», para que vigilasen celosamente el extravío de azogues, «pues es notorio que en todas fundisiones extravían mucha cantidad de quintales de azogue, y que son muy pocos los que se aprehenden»59. Conminó así a las autoridades locales a ser rigurosos en el cumplimiento de estas tareas, ordenándoles incluso tener «espías y personas de confianza, que no se corrompan en los caminos» y diesen aviso del azogue decomisado a los jueces, que abrirían autos para averiguar, tras interrogar al arriero y peones que lo conducían, quién lo vendió, a qué persona iba destinado y demás implicados en el fraude. Vigilarían, asímismo, que en las Cajas Reales no se introdujera porcentaje alguno de azogue «extraviado», pues en ocasiones, los azogueros lo negociaban con aviadores o alguna autoridad (a veces el propio gobernador) por un precio descontado, y estos intermediarios lo revendían luego a la Real Hacienda, por lo que el mercurio ilícito regresaba eventualmente a los canales legales para ser enumerado entre los quintales producidos por la vía oficial60. Por diversos despachos de 1719, 1720 y 1722, expedidos por el Consejo de Indias, se exhortó al Marqués de Casa Concha a erradicar la producción ilegal de azogue, dándole para ello «amplia facultad privativa con absoluta inhibición» de otras autoridades o jurisdicciones. Es decir, contaba con plena autoridad y completo respaldo del gobierno central para instrumentar todo tipo de medidas conducentes a ese fin. Fueron frecuentes las inspecciones inesperadas, tanto de día como de noche, para garantizar que los guardias cumplieran sus deberes61. En la Rela
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58 Ignoramos si dichas penas se aplicaron en la realidad o fueron conmutadas por otras más benévolas. 59 BNM, Ms. 3107. Relación... sobre Guancavelica, cap. 10, N.º 193 y N.º 194, fols. 115 y 116. 60 BROWN [2], p. 370. 61 BNM Ms. 3107. Ibídem, fol. 379.
ción sobre su gobierno de la Villa y Mina, Casa Concha sólo informa de un extravío de sesenta quintales de azogue que pudo decomisar cuando era trasladado al Mineral de Lucanas, y sobre el que formó los autos correspondientes para procesar a los implicados: entre ellos, decretó la prisión de un minero de Huancavelica, del Corregidor de Lucanas y de los individuos que se ocuparon de remitir la carga desde el yacimiento y conducirla a su destino. El Gobernador mostró su eficacia en encausar y castigar a los culpables, iniciativas en las que contó con el apoyo del Virrey Castelfuerte, hombre de por sí muy enérgico y riguroso. Casa Concha estaba convencido de que el castigo de estos contrabandistas y el rigor de la pena impuesta contendría a otros en adelante62. Sin embargo, no deja de extrañar la actitud ambigua del Monarca, que a pesar de haber concedido plenos poderes al Gobernador, como vimos, terminó anulando su sentencia en el caso «por razones insignificantes»63, lo que provocó las airadas quejas del Virrey y del alto funcionario del yacimiento. Apesar de ello, parece que su celo en el desempeño de sus funciones, dio sus frutos, y que no se produjeron otros casos de contrabando durante su mandato. Corrobora este punto el que, por primera vez, en los Libros de cuenta de la Real Caja de Huancavelica, se asentaron partidas de compra de azogue por los plateros (para dorar y lavar sus tierras), por la Casa de Moneda de Lima (para el mismo efecto) y por los boticarios para medicinas, prueba inequívoca de que no lo podían hallar de contrabando64. Uno de los más notables sucesores de José de Santiago Concha, Jerónimo de Sola y Fuente, habló elogiosamente de las hazañas del Marqués, reconociendo que aunque había existido gran corrupción en Huancavelica antes de la llegada de Casa Concha, él «puso en todo una gran forma»65. Aunque cabe admitir que las provincias vecinas, como Angaraes y Lucanas, pudieron seguir recibiendo pequeñas cantidades de mercurio ilícito que quizá no fueron detectadas por el celoso afán de Casa Concha, parece evidente que los desvelos e integridad del Superintendente y otros funcionarios (los Oficiales Reales de la Caja de Huancavelica fueron calificados por él de personas rectas y honestas), junto con la puntual y adecuada dotación de capital a la Real Caja, contribuyeron a reducir las fugas de azogue a su mínima expresión.
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62 BNM, Ms. 3107. Relación... sobre Guancavelica, cap. 10, N.º 202 y N.º 203, fol. 117 v. AGI, Lima, 500. Autos sobre el extravío de azogues de la mina de Huancavelica a la provincia de Lucanas. Año de 1726. 63 BROWN [2], p. 379. AGI, Lima, 350. Informe del Consejo de Indias, de 25 de Febrero de 1737, sobre las quejas dadas por los marqueses de Castelfuerte y Casa Concha en relación con una sentencia del Consejo en una causa sobre extravíos de azogue. 64 BNM, Ms. 3107. Relación sobre Guancavelica, cap. 10, N.º 202, fol. 118. 65 BROWN [2], p. 350.
Otras reformas de interés
Con respecto a la actividad minera propiamente dicha, nos interesa señalar algunas medidas complementarias implementadas por Casa Concha para sanear el proceder habitual en la mina de Huancavelica. En primer lugar, y para precaver la paralización de labores, intentó aumentar el número de mineros, pues así quedaría garantizado el aumento de azogue extraído. Se trataba de vitalizar el gremio, compuesto en los años veinte por 38 miembros (los firmantes del Asiento en curso), de los cuales, sólo veintiún eran mineros «en activo», pues el resto se encontraba residiendo fuera de la villa, en Lima o en Huamanga. Aunque el convenio establecía la prohibición de que los mineros pudiesen ausentarse, salvo licencia expresa del Virrey, era frecuente este absentismo, que llevaba aparejado el encomendar a otro de su elección la administración de su hacienda, repartiéndole sus mitayos y percibiendo a cambio (el ausente) unos 25 pesos anuales por cada indio dado en usufructo66. La situación se complicaba aún por dos razones. Primera, porque de los veintiún mineros presentes en el Cerro, ocho eran denominados «surraques», es decir, «pobres, faltos de crédito e inteligencia, y de ningún provecho para la mayor saca de metales y azogue», en palabras del Gobernador. Al carecer de medios técnicos y financieros, el metal que conseguían era comprado o hurtado a otros mineros, y en las fundiciones, cometían errores, dejaban enfriar los hornos por falta de horneros y paja, y sacaban menos mercurio que otros azogueros de una misma porción de mineral. Casa Concha renegaba de ellos como mineros. En segundo lugar, el Asiento establecía que los indios de mita «adjudicados» a un determinado minero, pudiesen recaer en sus herederos por derecho de sucesión, de modo que, en ocasiones, recaían «en hembras que no tienen maridos que administren por ellas, y aun en Monjas professas»67, e incluso en personas por méritos y servicios, pero absolutamente ajenas al oficio. Propone, pues, Casa Concha, ante la acusada falta de mitayos ya señalada y con vistas a evitar su destino a otras tareas fuera del ámbito de la minería, dos medidas: que el Virrey evitase en lo posible conceder licencias para ausentarse del cerro a los azogueros y que, los que lo hiciesen, dejasen nombrados administradores «que sirvan en la Mina con sus Yndios [...] y assí se conseguirá que aya más Mineros, y por consiguiente, más travajadores que saquen metales, y azogues, que es lo que conviene a la Real Hacienda [...] y al remedio de la falta de azogues, que amenaza, y me a dado cuydado»68. Asimismo, que al minero que por largo tiempo no asistiese a la Villa o que, estando en ella, no trabajase adecuadamente en la mina con sus indios, se le quitasen éstos para dárselos a otro azoguero dedicado a las labores con «aplicación e industria»69.
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66 BNM, Ms. 3107. Relación sobre Guancavelica, Cap. 9, N.º 163 y ss., fol. 110 y ss. 67 Ibídem, N.º 172 y N. 173, fol. 111v. 68 Ibídem, N.º 174, fols. 111v. y 112. 69 Ibídem, N.º 171, fol. 111 v.
El control sobre el abastecimiento de insumos al yacimiento
Un segundo aspecto de las medidas que hemos denominado complementarias en la gestión del Gobernador, fue el control del gasto en las operaciones de dotación de insumos y reparo de la mina, que se agrupaban bajo el nombre de «ratas y desmontes». Los 47.500 pesos anuales concertados entre la Real Hacienda y los mineros por ese concepto, se dispararon hasta 113.000 pesos en pasadas administraciones, y la deuda del gremio con la Corona ascendía en tiempo de Casa Concha a 1.503.354 pesos, cuando entre 1683 y 1690 era sólo de 126.551 pesos. La razón de este crecimiento exorbitante de la deuda estribaba en los fraudes que cometían los azogueros, que, en las partidas de sostenimiento de la mina incluían muchos otros gastos, como los sueldos del Gobernador y los Oficiales Reales, los de los procuradores de los mineros ausentes, el del escribano público de la Villa, el del médico, así como gastos derivados de las Visitas a los asientos y ciertas sumas para pagar fiestas religiosas70. Considerando injusto el proceder de los azogueros, prohibió taxativamente que se incluyesen estas partidas en las de seguridad de la mina, y formó Autos remitidos al Tribunal de Cuentas, ordenando que, cada seis meses, los Oficiales Reales le enviasen copias de las Memorias de esos gastos, haciéndoles responsables de cualquier reforma que admitiesen en las mismas71. La misma política restrictiva aplicó a los gastos para abastecimiento del Mineraje. En el renglón de caris y madera, esencial para apuntalar las galerías del yacimiento (entibado, estribos) y alimentar los hornos de fundición, encontró el Gobernador en 1723, un gasto ajustado en el Asiento de 16.000 pesos, más los 800 que la Real Hacienda daba de salario anual al Sobrestante de madera y nueve indios mitayos que la provincia de Cotabamba le enviaba cada seis meses «para este tragín», y que importaban más de 1.800 pesos cada año. Por orden de S.M., Casa Concha se hizo cargo personalmente de la Sobrestantía de la madera de la Mina de Huancavelica, evitando así «hubiese interlocutor que se aprovechase en este renglón»72. El coste de este insumo quedó reducido a menos de 5.000 pesos al año, pues la Real Hacienda quedó libre de pagar sueldo alguno al Sobrestante (Casa Concha no lo percibió en los tres años de su gobierno), y se estableció el pago directo en plata, y no en ropa, a los arrieros que lo transportaban hasta la mina, dando además mejor precio a los de más calidad (ocho reales) y menos a los de peor (cuatro reales), lo que vino a fomentar un abastecimiento adecuado. El Cerro quedó, en su gobierno, bien abastecido (a su salida quedaban más de 2.000 caris de reserva en los almacenes) y con un ahorro de más de 14.000 pesos anuales. En el renglón de piedras se solían gastar 6.000 pesos anuales que se pagaban a los arrieros que las llevaban a bocamina. Durante la administración de José de
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70 Ibídem, cap. 2, N.º 22 y ss., fols. 81 y ss. 71 Ibídem, cap. 2, N.º 32, fol. 82 y 82 v. 72 Ibídem, cap. 2, N.º 33 y N.º 34, fol. 82.
Santiago Concha, sólo se gastaron 400 pesos por este concepto, pues determinó que se cortaran y llevaran de las vecindades cercanas a la mina, rompiendo los peñoles con pólvora y transportándolas con recuas de borricos, propiedad de la Mina, recurriendo al servicio de los arrieros sólo en caso de necesidad, a razón de medio real por mula73. Por último, exigió que la cal se adquiriese por medida y no por peso, pues era frecuente que se vendiese mojada; ordenó también que se mezclase con arena del río, pues anteriormente se hacía con la tierra extraída de la propia mina y se obtenía una mezcla de muy deficiente calidad. Un nuevo ahorro consiguió al destinar carneros para ese transporte y disponer que la extracción de tierra del «socabón» de la mina se hiciese con borricos y no con indígenas, pues cada uno de los animales podía acarrear una carga 6 veces superior a la que podía soportar cualquier indio. Tales operaciones se hacían tanto de día como de noche, y con menos costo y mayor rapidez74. Por último, reformó el Marqués la dotación de indios jornaleros o «de roza», denominados genéricamente Cotabambas, por ser de esta provincia en mayor número los que engrosaban un total de cien trabajadores diarios. Ocupados en tareas de limpieza y desescombro en galerías y a bocamina, diez de ellos se destinaban a alcaldes de los barrios de la mina (cinco de día y cinco de noche) y el resto acompañaba a oficiales carpinteros y albañiles para ayudarles en las tareas de aderezo y seguridad. Trabajaban a destajo y bajo vigilancia de los Veedores y Sobrestantes, aunque Casa Concha intentaba resolver como podía su falta de rendimiento en las tareas que se les encomendaban. Los jornales y salarios de todos ellos se pagaban cada Domingo en la plaza pública de la Villa en presencia del Gobernador, los Oficiales Reales, el Protector de Indios y los Procuradores del Mineraje, para evitar desórdenes y fraudes75. Fruto de este conjunto de reformas fue un ahorro de 34.000 pesos anuales para el fisco real respecto de anteriores administraciones, cifrándose los gastos de la mina en 28.000 pesos anuales. Ya mencionamos previamente los éxitos cosechados en el cobro de la deuda de los mineros con la Corona, que revirtió positivamente en la reducción del coste que para la Hacienda implicaba mantener la mina de Huancavelica en funcionamiento.
La administración del Hospital Real de la Villa
Otro ámbito de reforma en el que intervino directamente el Gobernador José de Santiago Concha, fue el del Hospital Real para curación de los indios que tra
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73 Ibídem, cap. 2, N.º 36, fol. 83. 74 Ibídem, cap. 2, N.º 24 y N.º 25, fols. 84 v. y 85. 75 Ibídem, cap. 2, N.º 39 a N.º 43, fols. 83-84.
bajaban en la mina de Huancavelica. Desde 1609, la Corona había hecho merced de 4.000 ducados anuales en la Caja de Lima para atender las necesidades de la institución, tan importante para el «alivio, cura y regalo de los miserables Indios que trabajan en esta Real Mina, [...] assí como por ser muchos los Yndios forasteros» que acuden a ella76. Silencia Casa Concha la razón clave para la existencia de la institución: la peligrosidad de los trabajos de extracción y fundición del mercurio, en los que era frecuente inhalar polvillo al golpear los peñoles con los picos, o vapores tóxicos al destapar los hornos, lo que provocaba una grave enfermedad por envenenamiento que se conocía entonces como «azogarse», y cuyos síntomas eran un contínuo temblor y convulsión77 que, en no pocos casos, conducía a la muerte. Asu llegada a Huancavelica, José de Santiago Concha encontró que, al cuidado de los Religiosos de San Juan de Dios, responsables del Hospital, no había más que tres o cuatro enfermos «que no se curaban ni comían»78. Ante esta situación de aparente negligencia, se dirigió al Prior de la Orden, quien le expuso su absoluta carencia de fondos para costear los gastos hospitalarios, pues «ni el Rey pagaba», ni llegaba a los enfermos la cantidad librada por la Caja de Lima al «cesionario» del hospital. La penuria económica exigió incluso que, durante la epidemia de peste de 1721 y 1722, fuesen los vecinos de Huancavelica los que asumieran a su costa, semanalmente, los gastos de atención médica y manutención de los indígenas. La gravedad de los hechos llevó al Marqués a dirigir una carta al Virrey, su permanente mentor y que, entregada personalmente por el Prior, tuvo como efecto inmediato el libramiento por la Caja capitalina de 2.000 pesos, que parece estuvieron disponibles en la Villa minera a fines de 1724. Con esta dotación, Casa Concha se dispuso a nombrar diputados seculares, a los que exigió dar memoria semanal de los gastos de la institución, que en quince semanas y atendiendo a diez o doce enfermos, ascendieron a 766 pesos 2 1/2 reales. Pero los problemas estaban lejos de haberse resuelto, pues el Prior «avía gastado en Lima» 1.260 de los 2.000 pesos librados por el Virrey, por lo que en poco tiempo manifestó al Gobernador «que ya no tenía que gastar», provocando la frustración, si no la furia, de éste, que expresaba que todo había ocurrido «sin que nunca me enterasse yo de la quenta deste gasto como debía ser, ni su Comisario se enteró de ella»79. Estos desórdenes y el hecho de que el gremio de azogueros hacía cesión del 2% del «buscón» del azogue entrado en la Caja de la Villa para sostenimiento del
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76 Ibídem, cap. 11, N.º 205 y N.º 206, fols. 118 y 118 v. 77 W. M. JACKSON (ed.), Diccionario Enciclopédico Hispano-Americano de Literatura, Ciencias, Artes, etc., Londres, s.f. Tomo II, p. 1084. 78 BNM, Ms. 3107. Relación sobre Guancavelica, cap. 11, N.º 208, fol. 118 v. 79 Ibídem, cap. 11, N.º 209, fol. 119.
hospital, determinó a Casa Concha a solicitar del Virrey que los libramientos que la Real Hacienda tenía concedidos al mismo fin, se realizasen en la Caja local, y no en la de Lima. Y así se hizo. Desde Julio de 1724 y hasta el momento en que cesó en el cargo en Junio de 1726, la Caja de Huancavelica libró 5.000 pesos al Gobernador, con los que durante dos años pudieron sustentarse 20 enfermos, estando bien atendidos bajo la atenta supervisión de Casa Concha, quien, orgulloso, decía: «corre por mi cuydado su sustento, y medicinas en el todo»80. Redujo además el sueldo del médico de 900 a 360 pesos anuales, y parece que «está más contento y pagado», probablemente porque se le satisfacían puntualmente desde que se pagaban a través de la Caja Real de la Villa y no de la de Lima. Mantuvo el nombramiento de diputados seculares que cada semana debían velar por la adecuada atención del Hospital y entregar cada Sábado memoria de lo gastado. Al Marqués correspondió también la erección de una nueva sala en el edificio y la adquisición de una botica. Dispuso se criasen carneros en tierras y pastos del hospital para la alimentación de los enfermos. Exigió que el Prior de la Orden le diera cuenta a él como Superintendente y a su Prelado, de los ingresos generados por el «tomín de hospital», pequeño impuesto que satisfacían las Parroquias de la Villa, la provincia de Angaraes y la isla de Tayacaja, así como de algunos censos. Por último, ordenó Casa Concha llevar puntualmente un Libro de Gasto del Hospital, del que se ocupó personalmente entre 1724 y 1726, al que se adjuntarían las memorias firmadas de los diputados seculares, quedando todo ello bajo custodia de la Caja Real. Resulta evidente, también en este punto, la preocupación del Gobernador por sanear los procedimientos existentes, ahorrando gastos a la Real Hacienda (que quedó libre de satisfacer los 2.000 ducados al sustituirse por el 2% del «buscón» aportado por el gremio), mejorando el servicio y evitando fraudes y corruptelas. Así, expresaba: «que continúe en la misma quenta que es fácil imitar, y con ella se logrará la curasión, sustento y regalo de los pobres Indios enfermos, con mucho alivio y ahorro de la Real Hacienda, y sin desperdicio alguno, pues no es razón que ningún Religioso haga beneficio simple para sí la Renta de este Hospital, donde a vista de la necesidad estará su remedio»81.
El cuidado de la Caja Real de Huancavelica
Ya se mencionó la directa relación existente entre producción de la mina y recursos financieros en la Caja local. Sin capitales en ella, quedaba paralizada la habilitación de los mineros y la paga de los quintales de azogue extraídos, por lo que la venta de mercurio de contrabando podía incrementarse, perdiendo la Real Hacienda sus derechos y quedando desabastecidos los mineros para beneficiar la
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80 Ibídem, cap. 11, N.º 212, fol. 120. 81 Ibídem, cap. 11, N.º 215, fol. 120 v.
plata. Para el Marqués de Casa Concha, la atención a este punto fue una constante durante los años que ejerció como Superintendente. Su principal reforma consistió en convencer al Virrey de que los libramientos de la Real Hacienda a Huancavelica para la paga de azogues, debían realizarse, no por la Caja de Lima, de donde nunca llegaba cantidad alguna, sino de las más cercanas a la Villa minera, es decir, las de Cailloma, Chucuito y Oruro, lo que permitía, además, que los caudales arribaran a mitad de año, cuando eran más necesarios, de acuerdo con el calendario que el clima local marcaba a la explotación de mineral. De hecho, durante el período de lluvias, Enero-Abril, las labores del Cerro quedaban prácticamente paralizadas. Tan importante para la supervivencia de la actividad minera eran estos caudales, que Casa Concha determinó se guardasen en caja separada, de la que tenían llave tanto él como dos Oficiales Reales, y que ninguna paga pudiesen realizar éstos sin su presencia82. La fluidez de las operaciones de paga del azogue en Huancavelica durante 1723-1726, gracias a los puntuales libramientos de plata por los Virreyes Morcillo y Castelfuerte, junto con la exoneración posterior de ellos a la Caja capitalina, determinaron, tanto la reducción del contrabando, como la mejora en la consideración de la Villa de Huancavelica, a la que Casa Concha dijo haber oído calificar siempre en Lima como «la Tarasca de la Real Hacienda, y aun la Ladronera, que assí se decía vulgarmente en tiempos en que creció tanto la deuda contra la Real Hacienda»83. Junto a ello, veló el Superintendente por garantizar los más importantes ingresos de la Caja Real: el quinto real y el ramo de alcabalas. El primero era el más voluminoso, pues quintaban en Huancavelica (y sacaban azogues de su Caja) los Minerales de Angaraes, Castrovirreina e isla de Tayacaja, siendo los más abundantes los de las provincias de Lucanas y Parinacochas, y el de menor cuantía el de Vilcaraní. El control sobre la plata producida en estos yacimientos produjo, en el trienio comprendido entre el 1 de mayo de 1723 y el 30 de abril de 1726, 71.028 pesos 5 1/2 reales de ingreso, en razón de los quintos y cobos sobre 39.304 marcos 4 onzas de plata. Estas cifras permiten detectar un notable incremento por estos derechos durante el tiempo de José de Santiago Concha (más de 10.000 pesos) frente al trienio anterior (1 mayo 1720-fin abril 1723), en que se quintaron 34.022 marcos 1 onza, que «importaron» 61.481 pesos 6 1/2 reales84. De todo ello se deduce un rígido control del fraude por parte del Marqués, dado que, como vimos, la producción de Huancavelica y su entorno mantuvo en estos años las mismas cifras productivas que en los inmediatamente anteriores, es decir, la tendencia a la baja fue sostenida, con pocas oscilaciones, hasta los años
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82 Ibídem, cap. 12, N.º 218 a N.º 223, fols. 121 v. y 122. 83 Ibídem, cap. 12, N.º 225, fol. 122 v. 84 Ibídem, cap. 12, N.º 222 a N.º 231, fols. 122 y 123.
40 del siglo XVIII, en que se manifiesta una cierta recuperación que se consolida en los años 5085. El ramo de alcabalas producía en Huancavelica 2.030 pesos al año, que sumados a los 2.600 pesos de la ciudad de Huamanga y las provincias de Huanta y Vilcashuamán, hacían de él la segunda de las fuentes de ingreso de la Real Caja. Recomendaba Casa Concha a su sucesor el cuidado en la percepción del mismo, pues en las demás provincias sujetas a la Caja de Huancavelica, eran muy frecuentes los abusos de los Corregidores, que las arrendaban en muy poca cantidad y en personas elegidas por ellos, «porque ellos son casi los únicos vendedores en sus provincias, y por este medio no pagan alcavala, y embarazan que otro venda»86. Concluía el Gobernador y Superintendente su detallado informe sobre los años de su ejercicio, advirtiendo a D. Alvaro Cabero y Céspedes, el Oidor entrante al cargo, de las difíciles responsabilidades del gobierno de la Real Mina y sus dependencias: «este gobierno [...] y su administración [...] es gravísimo y no deja descanso, ni ocio, porque se compone de mucho para cumplir con todo, y el continuo riesgo de ruinas basta para cuydado grave»87.
CONCLUSIONES
El análisis de las variadas y prudentes iniciativas de D. José de Santiago Concha y Salvatierra al frente del Gobierno y Superintendencia de la Villa y Mina de Huancavelica, permiten, a nuestro juicio, hablar de un antes y un después en lo que a la atención de aquel centro minero se refiere. La labor del Marqués de Casa Concha vino a romper con un largo período de corrupción y fraudes en las operaciones del Cerro, en los que la connivencia de los sucesivos gobernadores fue bastante habitual y produjo graves efectos, entre ellos serios daños a la estructura interna del yacimiento y escasez de mercurio para el beneficio de la plata. Los más acuciantes problemas de la explotación de Huancavelica: precariedad financiera, insuficiente fuerza laboral y extravíos de mercurio, recibieron la más rigurosa y estricta atención por parte del experimentado funcionario, quien tuvo la ventaja de contar, además, con el decidido respaldo a sus medidas, tanto del Monarca, que le otorgó autoridad prácticamente ilimitada, como de los Virreyes de su época, primero el Obispo Diego Morcillo, quien le eligió para esas funciones, y más tarde del Marqués de Castelfuerte, con quien formó un «tándem» fuertemente comprometido con el deseo de erradicar viejos males característicos
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85 BARGALLÓ [6], p. 273. «En los años 1758 y 1759, suministró la mina de Huancavelica unos 14.000 quintales de mercurio.» 86 BNM, Ms. 3107. Relación sobre Guancavelica, cap. 12, N.º 236, fol. 124. 87 Ibídem, cap. 13, N.º 222, fol. 125 v. y 126.
de la administración colonial. Gracias a ello, logró garantizar la habilitación del gremio minero para la continuación ininterrumpida de las labores extractivas, que dieron durante su gestión un nivel de producción suficiente para cubrir la demanda de azogue de la minería peruana. Asímismo, concentró sus esfuerzos en asegurar que los azogueros contaran con mano de obra forzada en número adecuado a las exigencias de la explotación, y veló porque se cumplieran las disposiciones vigentes sobre los derechos de los mitayos, pagándoles puntualmente su jornal y vigilando que los mineros respetasen su tiempo de servicio en el Cerro y consintiesen su regreso a sus provincias de origen una vez cumplido. En el punto de erradicación de la producción ilícita de azogue y su consumo de contrabando, José de Santiago Concha cosechó un éxito sin precedentes, lo que contribuyó a sanear, en gran medida, el aire irrespirable que parecía impregnar, no sólo las galerías de la mina, sino todo el cerro minero. Su integridad y su gestión honrada y comprometida, permitieron controlar los gastos y mejorar notablemente la administración de Huancavelica, que pareció discurrir sobre bases más racionales y estables durante los años siguientes, a lo que contribuyó, sin duda, el buen hacer de sus sucesores, entre ellos Jerónimo Sola y Fuente, uno de los más eficaces gobernadores de la Villa y Mina. Por ello no deja de extrañar que en 1735, el Rey retirara el gobierno de la mina a los Oidores de la Real Audiencia de Lima, ordenando que se nombrasen «sugetos inteligentes en mineralogía»88. Sin duda esta reforma evidencia la preocupación constante de la Corona por mejorar la situación del Cerro minero, pero también la injusta apreciación que se hizo de algunos de sus más valiosos funcionarios. En cualquier caso, y reconociendo por nuestra parte el buen hacer y la entrega al servicio de algunos gobernadores que, como el propio Casa Concha, administraron la Mina exitosamente en las primeras décadas del siglo XVIII, el papel de Huancavelica, cuya producción aumentó en los decenios subsiguientes, resultaría esencial para la reactivación de la industria minera de la plata en el Virreinato del Perú. Es digno de mención, también por ésto, el dictamen de nuestro personaje sobre la importancia ineludible de conservar en explotación aquel yacimiento, opinión que chocaba con los planteamientos iniciales de Felipe V sobre la reactivación de la minería peruana. En suma, la figura de José de Santiago Concha y Salvatierra, primer Marqués de Casa Concha, debe ser considerada como de la máxima trascendencia para la evolución positiva que protagonizó la mina de mercurio de Huancavelica durante las primeras décadas del siglo XVIII, con todo lo que supuso, por añadidura, para el repunte de la producción argentífera virreinal , así como para el aumento de los ingresos finales percibidos por la Corona por este concepto.
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88 BARGALLÓ [6], p. 261. Antonio DE ALCEDO, Diccionario geográfico histórico de las Indias Occidentales o América, 1786-1788, vol. II: «Guancavelica».
Tanto por la propia personalidad de aquel Gobernador y los buenos efectos de su intervención, como por la sistematización de los métodos aplicados para mejorar la explotación en aquel notable yacimiento mercurial, creemos muy apropiada la consideración que hace Kendall Brown de toda su gestión como «primera reforma borbónica». En efecto, aunque el Reformismo Borbónico como programa sólido y bien estructurado estaba aún lejos de formularse, muchos de sus objetivos fueron ya manifiestos durante el reinado de Felipe V. En este sentido, la denominación del siglo XVIII como el siglo de las reformas, puede considerarse plenamente acertada.
This article studies the main technical, financial, work and production problems which affected the quicksilver mining explotation in Huancavelica in the first decades of the 18th Century. It is also studied the valuable initiatives developed by the Governor and Superintendent of the Mine, the Marquis of Casa Concha, for the application of the Royal orders aimed at the reformation of the same.
KEY WORDS: Marquis of Casa Concha, Huancavelica, 18th Century, mines, quicksilver.
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